miércoles, 29 de octubre de 2014

Tratarán polémico proyecto de ley para que todo empleado suspendido pueda quedar en situación de despido

La comisión de Legislación del Trabajo debatirá una normativa que puede cambiar el sistema de sanciones disciplinarias, ya que el dependiente podrá reclamar las indemnizaciones por ruptura del vínculo si considera injusta la sanción impuesta. Alertan sobre el impacto en la litigiosidad

El freno en la actividad económica, la caída en los niveles de facturación, la suba de costos laborales y la pérdida de competitividad son algunas de las complicaciones con las que se enfrentan los empresarios argentinos.

También hay otras, que vienen a empantanar aún más este peligroso cóctel, como la mayor presión impositiva o, sin ir más lejos, una batería de proyectos de ley que se están discutiendo en el Congreso y que apuntan a modificar la actual Ley de Contrato de Trabajo (LCT).

Eliminar los topes indemnizatorios, restringir el trabajo durante los fines de semana, recurrir a la tasa activa (en lugar de la pasiva) en juicios laborales, pagar licencias por enfermedades -aun siendo éstas no vinculadas con el trabajo- y ampliar el período vacacional forman parte de una batería de proyectos que genera una fuerte preocupación en el empresariado.

A ella se suma un polémico avance, que ya encendió la luz de alarma en las compañías, dado que apunta a que todo empleado sancionado se considere en situación de despido.

Sucede que la comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados buscará, este miércoles, emitir dictamen favorable a un proyecto para incorporar a la LCT el artículo 220 bis, que le permitirá al dependiente considerarse cesanteado si no está de acuerdo con la suspensión.

Esta iniciativa obtuvo media sanción de la Cámara baja en 2012, pero perdió estado parlamentario por falta de tratamiento. Ahora, buscan volver a impulsarla.

Con esta propuesta se agregaría una nueva situación de despido indirecto a las contempladas por el artículo 222 de la LCT. Dicha norma contempla el derecho del trabajador a resolver el contrato de trabajo cuando se exceden los plazos de:

a) Treinta días para las suspensiones disciplinarias.

b) Treinta días para las suspensiones por falta o disminución de trabajo.

c) Setenta y cinco días para las suspensiones por fuerza mayor.

d) Noventa días, acumulando suspensiones disciplinarias, por fuerza mayor y por falta o disminución de trabajo, dentro de los límites señalados para cada una de ellas.

Proyecto controvertido

La iniciativa impulsada por el titular de la comisión de Legislación del Trabajo, Héctor Recalde, pretende introducir el artículo 220 bis en la LCT, con la siguiente redacción:

"Artículo 220 bis: Suspensiones injuriosas. Las suspensiones dispuestas por el empleador, menores de treinta (30) días, que por las circunstancias del caso o la índole o naturaleza de la relación resultasen agraviantes o injuriosas para el trabajador y no fuesen aceptadas por éste, le darán derecho a considerarse en situación de despido".

De acuerdo con impulsor del proyecto, se busca que "el trabajador se considere despedido frente a usos abusivos por parte de su empleador, sin verse imposibilitado a ello porque la medida no excede el plazo de 30 días".

Esto se debe a que, según el punto de vista del ex asesor legal de la CGT, "aún sin superar dicho lapso la injuria que se genera de la conducta empresaria se encuentra presente y debe generar los mismos efectos que en el resto de los supuestos similares", es decir, la posibilidad del dependiente de concluir unilateralmente la relación laboral.

Sergio Alejandro, director del Suplemento de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de elDial.com, explicó que la iniciativa tiende a restablecer el artículo 242 de la Ley 20.744 (de Contrato de Trabajo) en su redacción originaria.

Para Juan Carlos Cerutti, socio del estudio Cerutti - Darago - Lupi & Asociados, "esta modificación traerá una mayor litigiosidad, que resultará innecesaria, ya que en el caso de que una suspensión pueda ser considerada agraviante por el dependiente, siempre le va a dar la posibilidad de considerarse despedido".

"Claro está que debe tratarse de una situación que amerite la ruptura del vínculo laboral", remarcó el experto, quien agregó que "éste ya se encuentra amparado por los principios de buena fe, trato igualitario y respeto, que están contenidos en la normativa laboral, así como la ley antidiscriminación".

En colisión con otras normas
Según Pablo Mastromarino, socio del estudio Tanoira & Cassagne, la reforma puede terminar amedrentando a los empleadores en el ejercicio de sus facultades disciplinarias que le acuerda la Ley de Contrato de Trabajo, aún cuando no medien injurias o agravios al trabajador.

Además, sostuvo que este agregado parecería entrar en colisión con la LCT, que establece un plazo de 30 días corridos desde notificada la sanción para que el dependiente cuestione su procedencia. Vencido dicho término, la sanción se tiene por consentida.

También podría colisionar con el artículo 242 del mismo texto normativo, ya que de allí se desprende que no cualquier agravio o injuria es, de por sí, causa suficiente para que el dependiente se considere en situación despido, sino sólo aquellas que por su gravedad no consientan la continuidad del vínculo.

"De esta forma, la reforma inhibirá a los empleadores a aplicar sanciones por el temor de que, a pesar de ser legítimas o estar fundadas, el empleado alegue que la misma lo agravia o lo injuria (extremos de por sí bastante laxos en cuanto a su interpretación), y de esta forma denuncie el contrato de trabajo y reclame el pago de las indemnizaciones por despido", explicó Mastromarino.

En tanto, para Juan Manuel Lorenzo, abogado del estudio Saravi, Etala & Salvat, "la propuesta legislativa no sólo resulta contradictoria con la dinámica y el esquema legislativo vigente, sino que se impone cuando menos como contraria a los principios propios del derecho del trabajo".

"Una vez más, la calidad normativa de la propuesta se evidencia como deficiente ya que introduce expresiones imprecisas que, inexorablemente, conducirán a un incremento de la litigiosidad", remarcó.

Y explicó que se cuestionará, en la mayoría de los casos, si las suspensiones resultaron o no agraviantes o injuriosas; más aún si el texto del proyecto estipula que tal calificación le corresponde al empleado.

"Resulta casi incomprensible que una sanción impuesta por el empleador en uso de sus facultades disciplinarias (derivadas de la potestad de dirección) pueda ser calificada por el empleado como agraviante o injuriosa y más aún que dicha calificación permita dar por concluida la relación laboral", indicó.

Otros proyectos sobre suspensiones

La aplicación de la suspensión conlleva la falta de percepción de haberes por el lapso que ésta dure, siempre y cuando reúna los requisitos que la normativa determina y, aún así, cuando no resulte "controvertida" para el dependiente.

Por ello, resulta clave que la compañía recopile la mayor cantidad de pruebas para demostrar que actuó conforme a derecho.

El Congreso viene analizando varias propuestas sobre el tema de las suspensiones, entre ellas se destacan:

• Para ser considerada válida, una iniciativa legislativa propone que toda suspensión del trabajador, además de requerir justa causa y plazo fijo, deba notificarse -por escrito- con un día hábil antes de comenzar su ejecución, y ser cumplida en día laborable -salvo que la sanción obedeciera a "fuerza mayor"-.

• El empleado perciba su remuneración por todo el tiempo que estuviere suspendido, hubiese o no impugnado la medida.

• Una vez transcurridos 12 meses de la aplicación de una sanción disciplinaria, no se la pueda tener en cuenta a ningún efecto. Es decir, se "borrarán" de los legajos de los empleados todas aquellas penas en las que haya pasado más de un año desde su aplicación, aunque se trata de las suspensiones (el castigo más grave previo a un despido).

Los asesores de empresas están muy atentos al avance de todos estos proyectos ya que entienden que estas modificaciones que se buscan introducir al actual marco normativo no contribuyen a la generación de mayor empleo ni a fomentar inversiones y que sólo ayudarán a incrementar la litigiosidad.

http://www.iprofesional.com/notas/199148-Tratarn-polmico-proyecto-de-ley-para-que-todo-empleado-suspendido-pueda-quedar-en-situacin-de-despido

viernes, 24 de octubre de 2014

ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE CENCOSUD S.A. : Denuncia en la oficina de Violencia Laboral del MTSS


Empleados de Comercio: liquidación de sueldos Octubre 2014

Ejemplo de liquidación octubre 2014 para Empleados de Comercio. Feriado. Pago diferencia $1200 septiembre.

Para el mes de OCTUBRE, y excepto por feriado del 12, que se pasó al lunes 13, no teníamos mayores novedades, pero recientemente, la FAECyS y las Cámaras de comercio resolvieron, luego de mese de discusiones, que la suma no remunerativa por única vez de $2400, establecida en el último acuerdo salarial, y que se debía pagar en dos cuotas iguales de $1200, una en septiembre y otra en noviembre. (ver acuerdo)

Finalmente, se acordó que la suma no remunerativa se debe pagar a todos los trabajadores por igual, independientemente de la jornada trabajada. Por lo tanto, todos los trabajadores deberán percibir $2400, ya sea que trabajen a jornada completa o a jornada parcial.

Para el caso de aquellos empleadores que hubieran abonado de manera incompleta la primera cuota de la referida asignación no remunerativa deberán abonar la diferencia hasta completar la suma de $ 1.200 con la liquidación de salarios correspondientes al mes de octubre de 2014.

Para el caso de ejemplo, como es jornada completa, no hay diferencia a pagar sobre los $1200 de septiembre, pero en los casos de empleados a jornada parcial en que los que se haya liquidado parcialmente esa suma no remunerativa, se deberá incluir en la liquidación de octubre la diferencia.

Datos para la liquidación

Categoría: Administrativo A
Básico: $ 8.588,67
Tipo de Jornada: Completa
Antigüedad: 5 años
Feriado 13/10: no trabajó
Obra Social: O.S.E.C.A.C.
Afiliado al Sindicado: No
Día del empleado de Comercio: No Trabajó

Solución Propuesta 


Conceptos Remunerativos

Básico   $ 8.588,67

Desde septiembre, en que se aplicó el segundo y último tramo de aumento, el básico para la categoría Administrativo A es de  $ 8.588,67. (ver liquidación Septiembre 2014)

Puede ver las escalas salariales para septiembre para todas las categorías AQUÍ

Antigüedad: $429,43

Es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

8.588,67 x 5 x 1% = 429,43

Asistencia y Puntualidad: $751,51

Según lo establecido en el  Artículo 40 del CCT 130/75, es la doceava de las remuneraciones del mes, para este caso, el cálculo sería:

(8.588,67 + 429,43 ) / 12 = $ 751,51


Feriado Trabajado: $390,78

El 12 de octubre es feriado Nacional, pero se pasó al lunes 13, y para este caso en particular, el empleado no ha prestado servicios, veamos como liquidarlo:

El artículo 169 de la LCT determina la manera de determinar el salario para trabajadores que no prestan servicios durante el día feriado. Se debe liquidar según, remitiendo su tratamiento al artículo 155 de la misma ley. Recordamos que este artículo dispone la forma de calcular el salario del trabajador durante el período de vacaciones. Por consiguiente:

Los trabajadores mensualizados cobrarán, por el día feriado, el importe mensual dividido por 25. Lo que nos genera un incremento en valor día, lo que se denomina "plus por feriado". Vamos al ejemplo:

Primero restamos el día que el empleado no trabajó en base 30:

(8.588,67 + 429,43 + 751,51) / 30 = 325,65

Pero como los feriados son pagos, sumamos 1 día, pero calculado en base 25:

(8.588,67 + 429,43 + 751,51) / 25 = 390,78

La diferencia es lo que comúnmente se llama plus por feriado, y no es otra cosa que el 20% sobre un día normal:

325,65 x 1,20 = 390.78

Feriado trabajado: El artículo 166 de la LCT, en el segundo párrafo, establece la forma de cálculo para los trabajadores que se desempeñan los días feriados. Cuando el trabajador prestara servicios en el día feriado cobrará la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.

Descuentos

Sobre lo remunerativo calculamos:
11% de Jubilación
3% de Obra Social
3% según Ley 19.032
2% de Aporte Solidario y OBLIGATORIO con destino al Sindicato de Empleados de Comercio. Esté el empleado afiliado o no al sindicato. (según el Art. 100 del CCT 130/75)
0,5% de Aporte Solidario OBLIGATORIO con destino a FAECyS. Esté el empleado afiliado o no al sindicato.  (según el Art. 100 del CCT 130/75)
2% con destino al sindicato para empleados afiliados al gremio. Para este ejemplo consideré que no está afiliado por eso no se hizo el cálculo. Hay que tener en cuenta también que según la zona, este porcentaje puede cambiar.
Hasta aquí el desarrollo del ejemplo, que si bien es para un Administrativo A, el mecanismo es el mismo para todas las categorías. Espero haberme explicado correctamente y no haberme equivocado en la interpretación ni en los cálculos.

Planilla excel sueldos comercio

Pueden descargar la planilla excel actualizada para poder estimar los sueldos de comercio para septiembre 2014 a marzo 2015 AQUÍ

http://www.ignacioonline.com.ar/2014/10/empleados-de-comercio-liquidacion-octubre-feriado.html

RÍO GRANDE - Algunas panaderías intentan pagar menos salarios

"El Centro Empleados de Comercio ha avanzado mucho en el tema salarial y a mucho empleadores esto les molesta", Daniel Rivarola.

"Tenemos un par de panaderías que han querido encuadran a su gente en el sindicato de Pasteleros, y con respecto a esa entidad sindical, la misma es nacional y tiene aplicación nacional y convenio colectivo propio y escala propia", explicó Daniel Rivarola y aclaró, "la diferencia esta en que los patrones panaderos, como obviamente tiene menor escala salarial, y no hay una sede gremial en Tierra del Fuego, pretenden hacer lo que quieran con los trabajadores, intentan declarar a todo el personal dentro de Pasteleros, cuando el trabajador de –cuadra- no es pastelero, el de –mostrador- tampoco es pastelero, entonces aprovechan a meter a todos los trabajadores en la misma bolsa y demorar una discusión sindical mientras el trabajador tiene menos dinero en el bolsillo, menos beneficios, y sin sindicato ni obra social".

En diálogo con "gremialesdelsur", el Secretario Adjunto del CEC, remarcó que, "desde Centro Empleados de Comercio esto ya lo hemos denunciado porque la entidad sindical no existe acá. Buscar estos encuadramientos por parte de los empleadores tiene dos objetivos: el debilitamiento del movimiento obrero, y pagar salarios más bajos que los que se pagan con el Convenio de Centro Empleados de Comercio".

"Tratan de bajar entidades gremiales que no tienen representación justamente para hacer lo que quieren con los trabajadores, con escalas salariales mucho más bajas. Centro Empleados de Comercio ha avanzado mucho en el tema salarial y a muchos empleadores esto les molesta", subrayó Daniel Rivarola.

http://www.gremialesdelsur.com.ar/noticias/val/12056-6/algunas-panader%C3%ADas-intentan-pagar-menos-salarios.html

Empleados de Comercio y empresarios acordaron pagar los $1200 sin proporcionar a la jornada

Asignación no remunerativa de $ 2.400. La diferencia de la primera cuota se paga en octubre de 2014.

Finalmente, y luego de tantas idas y vueltas sin sentido, las cámaras empresarias de comercio acodaron cumplir con lo que ya había firmado, pero se negaban a reconocer, y los $2400 no remunerativos se pagarán sin proporcionar a la jornada de trabajo, por lo que todo los empleados de comercio bajo el CCT 130/75 deberán cobrar los $2400.

Recordamos que a través del último Acuerdo salarial de la actividad mercantil, se acordó el pago de una asignación por única vez, con carácter extraordinario y no remunerativo, de $ 2.400 en dos cuotas iguales de $ 1.200 en los meses de julio y noviembre de 2014, respectivamente. Pero el pago de la primera cuota generó polémica respecto si se debería pagar en forma proporcional o no.

Finalmente, primó el derecho laboral, y las partes representativas de la actividad arribaron a un nuevo Acuerdo convencional, el cual se encuentra pendiente de homologación, que establece que aquellos empleadores que hubieran abonado de manera incompleta la primera cuota de la referida asignación no remunerativa deberán abonar la diferencia hasta completar la suma de $ 1.200 con la liquidación de salarios correspondientes al mes de octubre de 2014.

Además, se aclara que la segunda cuota de $ 1.200 se deberá abonar de manera íntegra conjuntamente con los salarios de noviembre de 2014, independientemente de la extensión de la jornada laboral.

DESCARGAR ACUERDO

http://www.ignacioonline.com.ar/2014/10/empleados-de-comercio-acordaron-pagar-1200-no-proporcional.html

lunes, 20 de octubre de 2014

Proyecto para extender derechos laborales a uniones convivenciales

Una senadora propone adecuar la legislación del trabajo para equiparar a convivientes con los matrimonios.

La senadora nacional Sigrid Kunath (FpV-Entre Ríos), presentó un proyecto para modificar la Ley de Contrato de Trabajo, con el objetivo de extender ciertos derechos previstos únicamente para matrimonios formales, a aquellas parejas que se hayan unido en convivencia, con lo que “avanzaríamos hacia una sustantiva ampliación de derechos tendiente a la igualdad”, explicó la legisladora.

“Las convivencias basadas en uniones de hecho de personas que no eligen la institución del matrimonio son cada vez más frecuentes y dan lugar a verdaderos núcleos familiares”, señaló Kunath. Y agregó: “El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación realiza un tratamiento integral del concubinato, al que llama “unión convivencial”, y establece las condiciones para su constitución, los efectos patrimoniales que tienen esas uniones y el cese de las mismas”.

“Al mismo tiempo -manifestó Kunath- en lo que a regulación laboral se refiere contamos con una norma principal cuyos orígenes se remontan a mediados de la década del ´70. Si bien en diversos aspectos ha recibido las enmiendas que la realidad exigía muchos otros están desactualizados, siendo que las prácticas sociales imperantes en nuestros tiempos dan cuenta de un crecimiento sustancial de parejas que conviven sin formalizar su unión en un Registro Civil”.

Recordó que “en la actualidad ya existen ciertos reconocimientos para quienes viven en concubinato, como es el caso del Derecho de pensión; indemnización laboral por muerte del concubino; licencia especial por fallecimiento del conviviente y la inclusión en la obra social de los que convivan. No obstante, existe aún un universo de derechos que no se encuentran adaptados a las nuevas realidades y que debemos atender”.

En esa línea va el proyecto de Kunath, que dispone la extensión de ciertos beneficios sociales para el conviviente como gastos de medicamentos, médicos y odontológicos y de sepelio. A su vez, propone la adecuación de la redacción de algunos artículos con la terminología de la legislación actual sobre matrimonio igualitario por ejemplo en relación a la indemnización por antigüedad.

Parlamentario.com

viernes, 17 de octubre de 2014

Armando Cavalieri, sin oposición, se asegura otra reelección

El histórico dirigente de Empleados de Comercio, Armando Cavalieri se asegurará otro período al frente de la FAECyS.

Armando Cavalieri se garantizó retener el control del Sindicato de Comercio de la Capital Federal al haber logrado un acuerdo con sectores opositores que se integrarán a una única lista que estará encabezada por él. Cavalieri es formalmente titular del gremio mercantil desde 1986, pero es el hombre fuerte del gremio desde 1983.

Cavalieri no tendrá oposición gracias a un acuerdo que terminó de cerrar en la noche del martes pasado, al filo del plazo legal para la presentación de listas. La elección será en diciembre.

"Se privilegió la conveniencia de estar todos juntos en un momento difícil en lo económico y en lo social y donde hay peligro de perdida de puestos de trabajo. La unidad también es una forma de aurtodefensa para enfrentar los problemas que puedan llegar a venir", dijo Oscar Nieva, quien en la elección anterior había enfrentado a Cavalieri con el apoyo político de Hugo Moyano.

Cavalieri también acordó con un sector identificado con el kirchnerismo, que participará de la lista de unidad.

Pese a que habrá acuerdo entre partes, la hegemonía en la conducción del gremio la seguirá teniendo Cavalieri. Al retener la conducción del gremio porteño, Cavalieri se asegurará también otro período al frente de la Federación Nacional de los Empleados de Comercio (FAECyS), el sindicato con más trabajadores del país: tiene 1,1 millón de afiliados.

Cavalieri prometió a sus interlocutores que el próximo será su último mandato. Lo cierto es que siempre dice lo mismo.

Fuente: Clarin

miércoles, 15 de octubre de 2014

RÍO GRANDE - El CEC denuncia intromisión ilegal de nuevo sindicato

"Absurdamente utilizan el convenio de otro sindicato hermano, que es el de maestranza, y usan ese convenio y esa escala salarial que tampoco les pertenece, perjudicando a los trabajadores", Daniel Rivarola.

"Es un grupo minúsculo de compañeros que han obtenido el nombramiento como Delegado Normalizador, aparentemente, del sindicato UTEPLIM, que es un sindicato que tiene actuación en Capital Federal, con simple inscripción, que ni siquiera cuenta con Convenio Colectivo ni escala salarial propia", destacó Daniel Rivarola y agregó, "nuevamente tenemos el nombre de Wenceslao Benítez, aquel creador del sindicato paralelo SITRACOM, que después lo terminó entregando, que pretende levantar afiliaciones de compañeros que trabajan en las fábricas en el sector de limpieza, y lo hace con mentiras, absurdamente utilizando el convenio de otro sindicato hermano que es el Sindicato de Maestranza, que tiene solo zona de actuación Capital Federal, y usa ese convenio y esa escala salarial que tampoco le pertenece".
En diálogo con "gremialesdelsur", el Secretario Adjunto o del CEC, remarcó que, "es una mezcla ilegal de documentación insostenible para la legalidad de lo que es el encuadramiento sindical".
"Se ha metido en la empresa SINERGIA, la cual ya fue intimada para que no modifique el encuadramiento de los trabajadores, y está queriendo, con este ámbito de mentiras, meterse en la empresa PERTENECER, la cual tenemos la representatividad absoluta de los trabajadores. Toda actividad sindical tiene por medio de la ley de asociaciones sindicales requisitos que contemplar, y estas acciones al margen de la legalidad ponen en riesgo los puestos de trabajo", expresó Rivarola.
Con relación al pago de salarios, el sindicalista del CEC aclaró que, "SINERGIA está pagando con un básico de $4.800, no tienen zona, y la diferencia salarial que es altísima, son más de $7.000 con respecto a nuestros sueldos, lo ponen en un ítem aparte que dice -garantía salario vigente-; entonces ese ítem mañana se lo pueden hacer desaparecer, se los pueden dejar congelado en el tiempo, y a los trabajadores nuevos lo podrán incorporar con un sueldo de $4.800 solamente".
"Estamos haciendo presentaciones en el Ministerio de Trabajo, denunciando todas estas ilegalidades sobre todo con la empresa SINERGIA que es la que está habilitando la posibilidad para que esto suceda, todo en el marco de la Ley de Asociaciones Sindicales", subrayó finalmente Daniel Rivarola.

http://www.gremialesdelsur.com.ar/noticias/val/12021-6/el-cec-denuncia-intromisi%C3%B3n-ilegal-de-nuevo-sindicato.html

USHUAIA – CECU mantiene la protesta en la Panadería Eureka

"Las empresas utilizan distintos medios para bajarle el sueldo a los trabajadores y buscan la manera legal para poder hacerlo", sostuvo Pablo García.

El Secretario General del Centro de Empleados de Comercio de Ushuaia opinó sobre la situación que padecen los trabajadores de la panadería Eureka: "las empresas utilizan distintos medios para bajarle el sueldo a los trabajadores y buscan la manera legal para poder hacerlo. Esta es una de las formas que parece que se está poniendo de moda y no lo vamos a permitir", dijo con respecto al planteo efectuado por el dueño del comercio que adujo que el sindicato de pasteleros solicitó el cambio de encuadramiento legal ante el Ministerio de Trabajo.
García explicó que, "el empresario pretende encuadrar a los trabajadores en el convenio 329/2000", y señaló que, "este encuadramiento es erróneo ya que está destinado a servicios de comidas rápidas como Mc. Donald’s y no tienen nada que ver con la venta de pan".
Cambiar a los trabajadores de encuadramiento a un rubro que no les corresponde, ya que en este caso la panadería no se dedica a la venta de hamburguesas ni de comidas rápidas, implica modificar los salarios. Según García, "un trabajador encuadrado en el CECU percibe 14 mil pesos en mano, y si se lo encuadrara en el gremio de pasteleros pasaría a percibir un promedio de 9.500 pesos por lo que sufriría una disminución considerable en su salario".
El gremialista también expresó que mientras a un trabajador agrupado en el CECU se le reconoce un 80 por ciento en concepto de "zona fría" a un trabajador agrupado en el gremio de pasteleros sólo se le reconoce un 25 por ciento.
"Nada de lo que ha venido sucediendo es normal. Es lógico y natural que el empleado por miedo a perder su trabajo o, lo que es peor, soportar al empresario al lado todos los días, firme cualquier cosa. Yo voy a aconsejarles a los empleados que elijan el gremio que tenga la escala salarial más alta. ¿Qué trabajador va a elegir la escala salarial más baja?", dijo Pablo García y dejó entrever que los trabajadores han sido presionados por la patronal. Sin embargo, expuso que no todos los trabajadores firmaron y le advirtió al empresario que si llega a despedir a un empleado el CECU permanecerá en las puertas del comercio hasta que sea reincorporado.

Fuente: ushuaianoticias.com

RÍO GRANDE - Medidas de fuerza en la empresa PERTENECER

Trabajadores de la empresa PERTENECER realizaron medidas de fuerza ante el incumplimiento de la patronal con el pago de salarios. Se manifestaron en la empresa Brightstar y fijaron plazo hasta el mediodía del viernes para que la empresa cancele los salarios.

El viernes al mediodía vence el plazo para que PERTENECER cancele los salarios de sus trabajadores
Hoy se realizó una medida de fuerza de los trabajadores de la empresa PERTENECER quienes junto a los Delegados del CEC se manifestaron porque la empresa no pagó los salarios del mes de setiembre.
La empresa, que realiza tareas de limpieza en la electrónica Brightstar, adujo que ésta última no les depositó los montos correspondientes por el servicio que brindan.
Finalmente, los trabajadores acordaron realizar un cuarto intermedio hasta mañana viernes a las 12 horas, tiempo en el cual PERTENECER se comprometió a cancelar los salarios. Si así no ocurriera, los trabajadores retomaran las medidas de fuerza hasta tanto la empresa cancele lo adeudado.

http://www.gremialesdelsur.com.ar/noticias/val/11998-6/medidas-de-fuerza-en-la-empresa-pertenecer.html

viernes, 10 de octubre de 2014

Para la Justicia, el insulto de un empleado a su jefe no es causal de despido

 La Sala VII de la Cámara Nacional del Trabajo falló a favor de una persona que había sido echada de su trabajo por insultar a un superior                                                                                                            

Insultar a un jefe en el trabajo no es causal de despido. Así lo determinó la Sala VII de la Cámara Nacional del Trabajo, que falló a favor de una persona que había sido echada por insultar a un superior jerárquico.

Para tomar esa resolución, los jueces tomaron en cuenta que el empleado no tenía antecedentes disciplinarios y que el insulto no configuró una "injuria grave". Además valoró la antigüedad del empleado en la empresa y que "estaba muy bien conceptuado por el personal".

Si bien los jueces Estela Ferreirós y Beatriz Fontana dieron por probado que existieron insultos del empleado hacia su superior, consideraron que los mismos no fueron de tal gravedad como para justificar el despido, amén de que aquel no contaba con antecedentes disciplinarios.

La sentencia en cuestión es contra la firma Webar Internet Solutions S.A., una empresa de servicios informáticos domiciliada en la Ciudad de Buenos Aires, que ahora deberá indemnizar al empleado, un diseñador senior, cuyas iniciales son M.A.

El fallo "no implica restarle importancia a la conducta (de M.A.), ni dejar de ponderar que es deseable que esta clase de situaciones no se produzcan en el marco del respeto y del buen trato que es dable esperar de ambas partes en un contrato de trabajo", señaló la Cámara.

"Con excepción del hecho que motivó el despido, el resto de la relación laboral se habría desarrollado con normalidad tanto con sus pares como con sus superiores", agregó el escrito.

http://www.iprofesional.com/notas/198014-Para-la-Justicia-el-insulto-de-un-empleado-a-su-jefe-no-es-causal-de-despido

jueves, 9 de octubre de 2014

OTORGARON la SIMPLE INSCRIPCIÓN GREMIAL al Sindicato de Empleados , HIpermercados, Supermercados, Mayoristass y Afines de Lomas de Zamora

Mediante la RESOLUCION N° 1039/2014 publicada en el Boletín oficial el 6/10/2014 el Ministerio de Trabajo de Nación otorga la Simple Inscripción al Sindicato de Empleados , Hipermercados, Supermercados, Mayoristas y Afines de Lomas de Zamora, con ámbito de actuación en dicha localidad, en esteban Echeverria y Ezeisa Esto significa que el Ministerio de Trabajo de Nación RECONOCE la existencia de otro sindicato distinto al Sindicato de Empleados de Comercio, y que este nuevo sindicato puede legalmente afiliar y representar a los trabajadores de Grandes superficies.

 Esto también indica que en muy poco tiempo el SEHSMA CHUBUT (del que COMERCIO DESDE ABAJO forma parte) tendría la SIMPLE INSCRIPCIÓN.


miércoles, 8 de octubre de 2014

Cavalieri reelegirá sin oposición en El Sindicato de Comercio de Capital Federal

Por: Mariano Martín

Los vientos de unidad sindical en la CGT, propios del clima electoral, empezaron a soplar en el principal gremio del país. El sindicato de Comercio comenzará la semana próxima su proceso electoral con una lista de unidad que llevará, una vez más, a Armando Cavalieri como secretario general de la filial porteña por otros cuatro años, en este caso aliado a Oscar Nieva, quien fue su contendiente en los comicios previo con el respaldo de Hugo Moyano.

El acuerdo con la principal línea opositora incluye la previsión de lista única también para la renovación de autoridades de la Federación de Empleados de Comercio (FAECYS, de alcance nacional), que se concretará entre marzo y abril de 2015. En la federación, que también lidera Cavalieri, dan por hecho un entendimiento con líderes bonaerenses como Ricardo Raimondo (zona norte), Orlando Machado (Lanús y Avellaneda) y Rubén Ledesma (zona oeste), de perfil más independiente y en la actualidad aliados a Sergio Massa.

El martes quedará cerrada la lista de unidad para el SEC, el sindicato porteño, que cuenta con unos 120 mil afiliados. En total, el gremio suma a nivel nacional a unos 700 mil afiliados inscriptos, mientras la cifra se eleva a más de un millón si se toman en cuenta todos los empleados de comercio involucrados en el convenio colectivo de la actividad mercantil, cotizantes o no para la organización.

Hasta ahora, Cavalieri tiene resuelto ir por su reelección para los dos cargos, el del sindicato porteño y el de FAECYS, para el período 2015-2019. Sin embargo, algunos dirigentes dieron a entender que el histórico líder podría dar un paso al costado en la federación para concentrarse en la conducción del gremio de la Capital Federal y de la obra social, OSECAC, la más grande de la Argentina por número de afiliados.

En la elección pasada, en 2011, Nieva compitió contra Cavalieri a caballo de una alianza hoy impensada, que incluía a Moyano y a un sector del Gobierno nacional. Dirigentes del Frente para la Victoria como Carlos Kunkel aportaban a esa entente que pocos meses después, a partir de la victoria electoral de Cristina de Kirchner, quedaría hecha trizas con el camionero.

En aquella ocasión Cavalieri revalidó su liderazgo al frente de FAECYS con el 77% de los votos. Sin embargo, las rebeliones de los gremialistas bonaerenses y la necesidad de contar con un sindicato homogéneo con vistas al recambio presidencial del año que viene aceleraron la actual lista de unidad. En esa línea no fue extraño escuchar en las últimas semanas a Cavalieri -que sufrió como ningún otro sindicalista las peleas con Moyano- hablar de la necesidad de reunificar la CGT.

Al principio del Gobierno de Néstor Kirchner el camionero le disputó a Cavalieri la representación sindical de todos los trabajadores de los sectores de logística de las grandes empresas de consumo, desde hipermercados hasta casas de electrodomésticos y embotelladoras de bebidas. Se calcula que sólo por esas disputas Moyano se quedó con 20 mil nuevas afiliaciones que obtuvo a expensas del gremio de Comercio.

http://www.ambito.com/diario/noticia.asp?id=761908

viernes, 3 de octubre de 2014

Cavalieri se aleja de Cristina y pide una alianza con Moyano en 2015

Armando Cavalieri, titular de Federacion de gremios de Comercio (FAECYS) se apartó de Cristina Kirchner y no descartó una alianza con Moyano para 2015, en plena campaña presidencial.

"El año que viene podemos avizorar una sola CGT", sostuvo a Agencia Dyn el líder de los mercantiles, que integra la CGT oficial y participó de las últimas reuniones de sindicatos con Cristina Kirchner en la Casa Rosada.
Cavalieri aseguró que, "la unidad del movimiento obrero la vemos cerca cada vez mas cerca", y remarcó, "el año que viene podemos avizorar una sola CGT y otra vez y todos hermanados, tratando de cumplir el nuevo ciclo democrático que se inicia en la Argentina".
Consultado sobre cómo veía el último año de mandato de Cristina, contestó que, "puede ser un año complicado, porque las internas políticas hacen que todos los problemas se politicen y se magnifiquen, evidentemente no es una año tranquilo".
"La unidad del movimiento obrero la vemos cerca cada vez más cerca, creo que el año que viene podemos avizorar una sola CGT otra vez y todos hermanados, tratando de cumplir el nuevo ciclo democrático que se inicia en la Argentina", sentenció Cavalieri.
El mercantil fue crítico del kirchnerismo desde su inicio pero en 2008 terminó del lado de la CGT oficial, en medio de la guerra de Cristina con Moyano.
Pese a reconocer que la situación social en la Argentina "esta complicada", el dirigente de la CGT oficialista se diferenció de la posición del gobierno nacional que denunció a dirigentes como el gastronómico Luis Barrionuevo por alentar una "matinée" de los conflictos sociales por venir: "No creo en los estallidos sociales", señaló Cavalieri.
Tras participar en una misa en la iglesia San Ignacio de Loyola, en el Día del Empleado de Comercio, el mercantil aseguró que, "hay una dirigencia sindical con responsabilidad y sapiencia para hacer cumplir los plazos democráticos".
Opinó que, "la situación social de la Argentina está complicada" porque el país "está pasando por una pelea muy importante con los grupos financieros internacionales" producto de la "rebelión del ocho por ciento del total de la deuda soberana que está en los llamados fondos buitres".
El dirigente sindical manifestó que, "la Argentina tiene que sostenerse mantenerse firme y tratar de negociar de la mejor manera posible la deuda para el beneficio de todos los trabajadores".
Para Cavalieri, "la democracia esta mejor", evaluó que, "se vive mejor, con más justicia", y opinó que desde el sindicalismo, "vamos a esperar tranquilamente que se cumplan los tiempos democráticos".
 
Fuente: lapoliticaonline.com