viernes, 30 de noviembre de 2012

Córdoba: Continúa la protesta de Camioneros ante supermercados


El Sindicato de Camioneros provincial dispuso un paro por tiempo indeterminado de los trabajadores de los depósitos de cuatro cadenas de supermercados.

Un grupo de trabajadores nucleados en el gremio de camioneros,  se encuentra bloqueando el ingreso a depósitos de supermercados. Las protestas comenzaron en el día de ayer. El gremio reclama que los empleados de los depósitos -que suman cerca de 300- dejen de pertenecer al sindicato de comercio y sean reconocidos como trabajadores de logística de camioneros.
Al respecto del conflicto, el presidente de la Cámara de Supermercados y Autoservicios de Córdoba, Ricardo Brasca, tildó de “salvajes” a los militantes gremiales que continúan bloqueando los ingresos a los depósitos de los supermercados Almacor, Buenos Días, Mariano Max y Cordiez de la ciudad de Córdoba, e indicó que la entidad radicó una denuncia penal ante la “Fiscalía Número 3 porque golpearon al jefe de personal” de la última de esas empresas.
Brasca explicó que “se trata a un problema intersindical; se están disputando los afiliados”, en directa alusión a la intención del gremio de Camioneros de pasar a su órbita a empleados que tributan al sindicato de los mercantiles.
Por su parte, desde el gremio niegan que realicen un bloque al ingreso de los depósitos de Cordiez, Almacor, Buenos Días y Mariano Max. En este sentido Horacio García, dirigente de Camioneros de Córdoba, sostuvo que los empleados de los depósitos están de paro, por lo cual no se pueden cargar las mercaderías. Dijo que en todo el país los empleados de depósitos tienen el convenio de los camioneros y en Córdoba, desde hace un año, Disco y Libertad también reconoció ese pedido.
Mientras que el gremio mercantil cordobés repudió el accionar de los camioneros y dijo que no reconocerán concesiones otorgadas por esas empresas a la fuerza y accionarán legalmente en caso de que ocurra.

http://mundogremial.com/informacion-general/cordoba-continua-la-protesta-de-camioneros-ante-supermercados-3057


MAR DEL PLATA: Trabajadores de Sintrasuphya piden pago extra de $ 1.500 para fin de año


El Sindicato de Trabajadores de Supermercados, Hipermercados y Afines ha solicitado a las empresas del sector Supermercadista, Hipermercadista y cadenas de venta de electrodomésticos el pago de una gratificación de fin de año de $ 1.500 a todos sus trabajadores.

En los fundamentos de la entidad que tiene como Secretario General a Brian Cardozo, resaltan:
1) El incremento de la facturación que las empresas del sector han tenido en el último semestre.-
2) Que paralelamente a este incremento de la facturación no se produjo un incremento del plantel de trabajadores, lo que significa un claro aumento de la productividad de sus dependientes.-
3) Que los trabajadores merecen compartir las fiestas con sus familias de forma digna.-

http://www.elretratodehoy.com.ar/ver_nota.asp?cod=23867

jueves, 29 de noviembre de 2012

TRELEW: Una comisión evaluadora recibirá a las autoridades del Walmart en diciembre


PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA ORDENANZA SOBRE GRANDES SUPERFICIES

La firme decisión de la empresa Walmart de instalarse en la ciudad de Trelew será analizada en la comisión de Instalación de Hipermercados que debe crearse según lo establece la ordenanza que regula este tipo de instalaciones en la ciudad. Así se informó en las últimas horas, ya que antes de la apertura de un nuevo local la ordenanza establece que una comisión evaluadora deberá analizar el impacto que esta llegada tendrá sobre los pequeños y medianos comerciantes de la ciudad y por sobre todas las cosas sobre el movimiento de empleo y desempleo local. 
Cabe recordar que Walmart tiene en sus planes la instalación en Trelew de un Hipermercado de su línea de locales –denominado Chango Más- y de un mayorista llamado Makro, los cuales estarían ubicados al norte y este del casco céntrico de la ciudad. 
Si bien los lugares elegidos, uno en cercanías a la Eva Perón y otro en la nueva traza de la Ruta 25 cerca del Aeropuerto Viejo, son aceptados por la ordenanza, los concejales, en conjunto con el Ejecutivo, con la Cámara de Comercio y otros interesados deberán evaluar el impacto que estas instalaciones tendrán sobre la ciudad. 
La reunión se iba a realizar la semana pasada pero las autoridades de Walmart no pudieron acercarse a la zona así que quedó previsto entre el 12 y el 14 de diciembre la concreción de esta reunión.  Se iba a hacer presente en la zona el responsable del área de Recursos Humanos de la empresa y se cree que será la misma persona quien venga en el mes de diciembre. 

Resistencias 

Los comerciantes van a participar de esta mesa de discusión a través de su representación gremial que es la Cámara de Industria y Comercio del Este del Chubut, que ya se ha expresado por la negativa a que se instale otro Hipermercado en la ciudad. “Nuestra postura es negativa, lo cual no significa que no se vaya a hacer”, dijeron al respecto los representantes de la CICECH, quienes insisten en que “la ciudad ya cuenta con suficientes grandes superficies o hipermercados y supermercados como para mantener la competitividad en los precios y su regulación. Uno más afectaría seriamente el comercio chico y cuando los comercios chicos cierran es donde empiezan a existir otros problemas”.
Sin embargo no es el único pero que encuentra el proyecto que ya está muy avanzado, ya que la firma ha comprado ya el terreno para la instalación del mayorista y se encuentra en serias tratativas para adquirir cuanto antes el predio para el Hipermercado. Es que desde el gremio de los empleados de Comercio se advierte que la empresa no tiene las mejores referencias a la hora del trato con los empleados y contaría con varios enfrentamientos con la cúpula del Sindicato de Empleados de Comercio a nivel Nacional, justamente por su política de rechazo hacia la sindicalización de los empleados. 

Bajo la lupa 

Indicaron desde el Sindicato que “todo emprendimiento que se genera en la zona y que pueda generar fuentes de trabajo es importante. Pero también queremos ver y analizar con Recursos Humanos de Walmart el tema de los empleados y por otro lado la localización del Hipermercado”.
En la ciudad el SEC peleará por tener representación de los empleados de la firma si logra instalarse ya que ostentan que “tenemos en la ciudad el 90% de los empleados de supermercados e Hipermercados que están sindicalizados y en otros puntos del país esta empresa tiene algunos inconvenientes al respecto de la sindicalización”.
Desde el gremio se adelanta que ni bien estén en la ciudad los responsables de Recursos Humanos de la firma el tema va a ser planteado y podría ser un escollo más que encuentre la cadena multinacional para lograr su instalación en la zona. 
El encuentro se concretará en el marco de lo que marca el artículo 4º de la Ordenanza que regula la instalación de Hipermercados en la ciudad, donde se establece el trabajo de una comisión evaluadora previo a la autorización para que el comercio se instale. 

http://www.diariodemadryn.com/vernoti.php?ID=151433

Denunció al jefe por "acosador", no la escucharon y ahora será indemnizada por la empresa


El supervisor le decía frases subidas de tono delante de sus compañeras y la besaba cuando estaba de espaldas a él. Ahora la firma tendrá que resarcirla por no tomar cartas en el asunto. Cuáles son las recomendaciones que efectúan los expertos para estos casos 
Por Sebastian Albornos

Los empresarios se suelen preocupar por cuestiones que hacen al giro de sus negocios, por la competencia, el nivel de facturación, los costos laborales, la incertidumbre jurídica, entre otros aspectos, pero muchas veces terminan afrontando el pago de condenas al ser responsabilizados por la Justicia ante reclamos de índole laboral, previsional e impositiva.
En la actualidad, no son pocos los casos en los que se ven involucrados directivos, gerentes, jefes o ejecutivos de una firma por deficiente registración de los empleados, situaciones de mobbing, despidos discriminatorios o acoso, para mencionar algunos ejemplos, aún en niveles inferiores a ellos y sin que realmente sepan qué esto estaba sucediendo.
Así, en este contexto, se destaca el denominado "acoso laboral" que ha ido tomando cada vez mayor protagonismo en las compañías. 
El mismo se caracteriza por tener una duración prolongada en el tiempo y provocar en el afectado un desgaste psicofísico importante y, a veces, irreparable.

De hecho, en los tribunales del fuero del Trabajo, se multiplican día a día los reclamos por daños y perjuicios vinculados con esta causal.
Y esto se debe, en muchos casos, a que los empleadores carecen de mecanismos o procedimientos para prevenir o detener posibles conductas inapropiadas en el seno de la compañía. Pero también responde a que tampoco se han tomado las decisiones adecuadas para satisfacer las quejas de quienes padecen situaciones tales como el acoso de un empleado jerárquico o de un compañero de trabajo.

Es más, no se suele detectar al hostigador, que es quien lleva adelante el conjunto de actos que -si bien al principio son aislados- se van coordinando hasta lograr la exclusión de la empresa de la víctima.

El manejo de esta problemática genera incertidumbre en las firmas ya que esta materia no está legislada en la Argentina.
Acoso y despido
La mujer se consideró despedida luego de denunciar -sin resultados concretos- ante su empleador que su jefe la maltrataba y la acosaba.
En el telegrama rescisorio explicó que el acoso le generaba un daño moral grave. Además, sostuvo que trabajaba jornada completa y que le pagaban medio día.

La dependiente declaró que el jefe de equipo se dirigía a ella -y a sus compañerass- con frases del estilo: "¿qué pasa?, ¿no cog...n hoy?" o "¿por qué están con esa cara de c... para vender? y luego completaba con expresiones tales como "mírenme a mí como sonrío porque c... todos los días". Además, indicó que las amenazaban constantemente con despedirlas si no llegaban al número mínimo de ventas. 

También señaló que su jefe se paraba detrás de los empleados efectuando chasquidos con los dedos diciendo: "¡Vendé!" con un tono arbitrario cuando ellos se encontraban en plena comunicación telefónica con potenciales clientes. 

Por último, explicó que le daba besos en la nuca mientras ella trabajaba y que le tiraba del precinto del corpiño y se dirigía a ella con frases del estilo: "rubia, si te agarro te parto al medio". Toda esta situación se producía delante del resto del personal.

El juez de primera instancia consideró legítima la decisión de la Srta. J. de colocarse en situación de despido en los términos de los artículos 242 y 246 de la LCT.
De esta manera, hizo lugar al reclamo indemnizatorio y fijó un resarcimiento adicional por daño moral. Por este motivo, la empresa recurrió a la Cámara de Apelaciones.

La firma indicó que la dependiente no pudo acreditar los hechos invocados y cuestionó la calidad de los testigos que prestaron su declaración.

Para los camaristas, no existían dudas en cuanto a que la decisión rescisoria fue justificada.
Y era así tras considerar la expresa negativa del empleador a la intimación por la que la dependiente reclamaba, además del cese del acoso laboral y sexual, el pago de las sumas adeudadas. Según los magistrados, se configuró una injuria cuya gravedad no consentía la prosecución del vínculo.

En este sentido, los jueces explicaron que estaba más que acreditado que el supervisor de la firma formulaba habitualmente comentarios groseros y faltos de respeto hacia la empleada delante de otros dependientes.

"Tales comentarios, formulados en ocasión del trabajo y frente a compañeros de la empleada, resultaron inapropiados en especial teniendo en cuenta que provinieron de un superior jerárquico que, evidentemente, tenía injerencia sobre la dependiente tanto en lo que respecta al establecimiento de sus horarios como a su propia permanencia en la empresa, ya que él era la máxima autoridad del equipo de telecobradores de la compañía", señalaron.

"La circunstancia de que el mencionado jefe maltratara, descalificara, amenazara y se expresase groseramente a sus subordinados y de que formulara comentarios a la empleada respecto de su aspecto físico, así como que se acercaba a ella y la contactara físicamente en ocasión de trabajo, se tradujo en un lamentable y reprochable comportamiento por parte del mencionado supervisor quien, evidentemente, sólo podía satisfacer sus carencias aprovechándose de su posición jerárquica", señalaron los magistrados.

De esta manera, concluyeron que los sucesos indicados fueron idóneos para infligir a la empleada "un sufrimiento espiritual con incidencia en su psiquis, su autoestima y personalidad que ha generado un daño moral que debe ser resarcido con fundamento en el Código Civil".

Si bien el daño fue causado por un supervisor de la empresa -que no fue demandado, los jueces remarcaron que "las acciones de éste como personal jerárquico comprometen a la empresa cuando -como en el caso- han sido llevadas a cabo por el hecho o en ocasión del trabajo".

En base a estos argumentos, confirmaron el resarcimiento de $50.000 en concepto de daño moral.
Repercusiones
"Esta causa encuadra perfectamente en un caso de mobbing o acoso moral, ya que la trabajadora sufrió maltratos continuos de parte de quien le daba las órdenes de trabajo, afectando a la misma física y psicológicamente, causándole un daño moral irreparable", indicó Andrea Mac Donald, docente de la Facultad de Derecho de la UBA.

En ese sentido, Juan Manuel Minghini, socio del estudio Minghini, Alegría & Asociados, explicó que "el empleado debe poner en conocimiento inmediato a su empleador si sufre una acción continua, menoscabante, vejatoria del espíritu y de la tranquilidad psíquica y moral a la que es sometido y teniendo en consideración las acciones o medidas que adopte la firma para eliminar o finalizar el perjuicio, importa la responsabilidad que deba eventualmente asumir", concluyó Minghini.

En tanto, Esteban Carcavallo, socio de Severgnini, Robiola, Grinberg & Tombeur, manifestó que en casos de hostigamiento o acoso por parte de otro empleado, la empresa, luego de conocer fehacientemente esa situación, debe adoptar las medidas tendientes a conjurarla y evitar que se reitere.

El especialista enumeró los presupuestos necesarios para que proceda una denuncia por acoso. En este sentido, sostuvo que la compañía debe estar en conocimiento del hecho por medio de la denuncia de la víctima, comprobar su existencia, y por último, constatada su veracidad, sancionar a los empleados que tuvieron participación.

"Si luego de estos hechos se comprueba la inacción del empleador, éste no estaría dando cumplimiento a los deberes a su cargo regulados en la LCT lo que injuriaría al trabajador autorizándolo a disolver el contrato", concluyó Carcavallo.

http://legales.iprofesional.com/notas/147478-Denunci-al-jefe-por-acosador-no-la-escucharon-y-ahora-ser-indemnizada-por-la-empresa

TIERRA DEL FUEGO: Contratistas de importante supermercado pararon por 24 horas


Se trata de los trabajadores de las empresas ASES y SEINCO. Realizaron piquetes en varias esquinas céntricas. Reclaman por mejores condiciones laborales e incrementos salariales y premios de fin de año.

Los trabajadores se manifestaron frente a la sucursal céntrica de supermercados La Anónima    
Trabajadores de la empresa SEINCO (limpieza) y ASES (seguridad), ambas contratistas de supermercados La Anónima, realizaron este miércoles un paro de actividades por 24 horas en reclamo por condiciones laborales y salariales.
Ambos sectores del trabajo, nucleados en SITRASEP-CTA (seguridad), y SITRACOM-CTA (limpieza), coincidieron en la jornada de protesta realizando además del paro de actividades piquetes en la intersección de Belgrano y Perito Moreno; San Martín y Rivadavia; y San Martín y Belgrano, en acceso a la sucursal céntrica del supermercado.
En el caso de la empresa de limpieza, los trabajadores reclaman el pago de un 80% del suplemento por zona, el pago de los feriados nacionales, las horas extras al 100%, y la provisión de la indumentaria.
En tanto que en el caso de la empresa de seguridad privada, los trabajadores reclaman por el 80% de zona, pago de horas extras como corresponde, pago de los días domingos al 100%, pago de los feriados nacionales, no al cobro de la indumentaria de trabajo (la empresa les descuenta en cuotas en valor de la misma),  por un premio de 3000 pesos de fin de año, por aumento de sueldo, y para terminar con la precarización laboral.
Cabe destacar que esta acción en conjunto de dos gremios de distintas ramas, pero tercerizadas por la misma empresa, se debe a que los dos sindicatos se encuentran enrolados en la CTA que a nivel nacional conduce Hugo Yasky, y que en Río Grande tiene como Secretario General a Argentino Medina (SITRACOM).

http://www.gremialesdelsur.com.ar/noticias/val/9187-6/contratistas-de-importante-supermercado-pararon-por-24-horas.html#.ULdAQeCFbuQ.facebook

miércoles, 28 de noviembre de 2012

HISTORICO: los trabajadores de DEXTER SHOP TRELEW mejoran sus condiciones de trabajo

Trelew Chubut 28-11-12 

En el sur de la Patagonia, en una de las sucursales más relegadas y abandonadas por la firma Dabra s.a, se logró poner un freno al constante abuso patronal.

Luego de dos días con medidas de fuerza, hoy intervino la Secretaria de Trabajo y consiguieron que la empresa asuma el compromiso de pagar las horas extras adeudadas. También lograron que Dexter Shop y el Shopping Portal Trelew hagan en un plazo de 3 dias todos los arreglos que garanticen las medidas de seguridad e higiene necesarias para el seguro desarrollo de las tareas diarias dentro del local. El deposito del local estaba excedido en su capacidad para guardar mercadería, al punto de que no había lugar para tomar un descanso o un refrigerio, tenia los matafuegos vencidos, las estanterías totalmente inestables y las instalaciones eléctricas sin mantenimiento. Por otro lado se pudo comprobar que hay faltas graves en la liquidación de los sueldos de los compañeros que serán recompensadas.

Todo esto se logró principalmente por la decidida lucha de los trabajadores que soportaron todo tipo de presiones de la patronal y al principio el no acompañamiento del sindicato. Hoy por la mañana, cuando se hicieron presentes Secretaria de Trabajo y miembros del sindicato  se terminó de inclinar la balanza a favor de los justos reclamos de los compañeros. Queda bien en claro que importante sería tener una dirección sindical combativa que esté en los conflictos cuando tenga que estar y donde tenga que estar, porque no hay dudas que hay miles y miles de trabajadores de comercio que hoy por hoy están en peores condiciones.

Esto consiguieron los trabajadores de Dexter Shop:

-Pago de las horas extras adeudadas y desde la fecha ninguna hora extra sin pagar

-Pago de plus por funciones que los trabajadores realizan y no figuran  en el contrato

-Mejores condiciones de seguridad e higiene dentro del local

-Cese del abuso de autoridad de la patronal



Ahora hay que ir por esto:

-Ninguna hora extra sin pagar en ningún comercio del Shopping Portal Trelew

-Mejores condiciones de seguridad e higiene en todos los locales

-Por un cuerpo de delegados que represente a todos los empleados de comercio de este shopping

-Por un plus salarial para fin de año

-Por la unidad de todos los trabajadores del Portal Trelew

Nuestros reclamos son justos y legítimos, hay que vencer el miedo y luchar con fuerza, la realidad se puede cambiar.

El activismo crece desde abajo…

AGRUPACION DE TRABAJADORES DE  COMERCIO DESDE ABAJO

SE ESTARIA POR CLAUSURAR LOCAL DEXTER TRELEW (SHOPPING PORTAL ) POR LAS PESIMAS CONDICIONES DE TRABAJO

ULTIMO MOMENTO!!!!!!
LA SECRETARIA DE TRABAJO DELEGACION TRELEW CERRARIA EL LOCAL DE DEXTER (SHOPPING PORTAL TRELEW), DEBIDO A LAS PESIMAS CONDICIONES DE TRABAJO Y SEGURIDAD DEL ESTABLECIMIENTO. ESTA ES UNA BATALLA MAS GANADA POR LOS TRABAJADORES CONTRA LA PATRONAL NEGRERA.  CUALQUIER DATO NUEVO AMPLIAREMOS

AGRUPACIÓN COMERCIO 
"DESDE ABAJO"

martes, 27 de noviembre de 2012

Trelew: Trabajadores de Dexter Shop realizan reclamos y medidas de fuerza


TRABAJADORES DEL DEXTER SHOP (SHOPPING PORTAL TRELEW) DEMORARON EL HORARIO DE APERTURA DEL LOCAL POR VARIAS HORAS EN SEÑAL DE PROTESTA PORQUE LES EXIGEN TRABAJAR HORAS EXTRAS Y NO SE LAS PAGAN, ENTRE OTROS RECLAMOS

Trabajadores de DEXTER SHOP sucursal Trelew demoraron el horario de apertura del local por varias horas en señal de protesta porque les exigen trabajar horas extras y no se las pagan, entre otros reclamos. Las medidas de fuerza fueron tomadas ayer lunes feriado y continuaron hoy martes.

"En esta firma hay trabajadores contratados con media jornada (4hs diarias) y con jornada completa (8hs diarias). En los dos casos les están exigiendo trabajar 12 hs diarias sin pagarles ni un solo peso por las horas que hacen extras." afirman los trabajadores de la Agrupación de Empleados de Comercio Desde Abajo.

Esta es la primera medida de lucha que se hace dentro de este centro comercial desde su apertura en el año 2010.

Los trabajadores se encuentran por estos momentos negociando vía telefónica con autoridades de Dexter Shop. Si bien el local por estas horas se mantiene abierto,  los empleados no descartan retomar las medidas de fuerza en caso de no lograr el compromiso de la empresa con la solución a los reclamos.

Según informa la Agrupación de Comercio, "hay 1.200 empleados distribuidos en todo el país en sus locales de DEXTER y STOCK CENTER y ninguno está sindicalizado por la fuerte persecución antisindical que realiza la empresa y las “concesiones” que les otorga el SEC. Trelew no es la excepción a todo esto."

http://www.ignacioonline.com.ar/2012/11/trelew-trabajadores-de-dexter-shop.html

Conflicto en Dexter Shop (Shopping Portal Trelew) Trabajadores  hacen reclamos y toman medidas de fuerza.

Trelew, 27 de noviembre de 2012

Los días 26 y 27 del corriente mes los trabajadores de DEXTER SHOP sucursal Trelew demoraron el horario de apertura del local por varias horas en señal de protesta porque les exigen trabajar horas extras y no se las pagan, entre otros reclamos. En esta firma hay trabajadores contratados con media jornada (4hs diarias) y con jornada completa (8hs diarias). En los dos casos les están exigiendo trabajar 12 hs diarias sin pagarles ni un solo peso por las horas que hacen extras.
Este hecho de protesta ha generado gran conmoción dentro del Shopping Portal, donde todos los comercios deben cumplir con rigurosa puntualidad los horarios de apertura y cierre de cada local. Además es la primera medida de lucha que se hace dentro de este centro comercial desde su apertura en el año 2010.
Los trabajadores se encuentran por estos momentos negociando vía telefónica con autoridades de Dexter Shop. Si bien el local por estas horas se mantiene abierto,  los empleados no descartan retomar las medidas de fuerza en caso de no lograr el compromiso de la empresa con la solución a los reclamos.
Esta empresa cuenta con alrededor de 110 sucursales en todo el país, son los numero 1 en venta y recaudación en su rubro (artículos deportivos). Su facturación mensual general se calcula en 70 millones de pesos según los trabajadores de la firma que luchan por sindicalizarse en la Provincia de Buenos Aires. En este sentido Hay 1.200 empleados distribuidos en todo el país en sus locales de DEXTER y STOCK CENTER y ninguno está sindicalizado por la fuerte persecución antisindical que realiza la empresa y las “concesiones” que les otorga el SEC. Trelew no es la excepción a todo esto.
Desde la Agrupación de Trabajadores de Comercio DESDE ABAJO expresamos nuestro total apoyo a los compañeros de Dexter Shop quedando a su entera disposición para todo lo que necesiten y especialmente hacemos llegar nuestras felicitaciones por la decisión tomada: luchar con coraje para defender los derechos de los trabajadores.

Agrupación de Trabajadores de Comercio DESDE ABAJO
TRELEW - CHUBUT


RECIBIMOS ADHESIONES EN APOYO A LA LUCHA DE LOS COMPAÑEROS DE DEXTER, POR FAVOR DIFUNDIR!!!!

El Centro de Empleados de Comercio continúa con diversos reclamos a varios empleadores de Río Grande.


Continúan los reclamos a más empleadores

“Tenemos una negociación pendiente en la empresa Gualdesi Hnos. por un adicional por trabajar los domingos, en la empresa Braie está pendiente de resolución la discusión por el trabajo de los días sábado por la tarde, que la patronal pretende compensar con francos y no pagar las horas extras, y también tenemos la discusión por el premio de fin de año en supermercados Carrefour”, explicó Daniel Rivarola.

En declaraciones realizadas en el programa “Actualidad Gremial” que se emite los sábados a la mañana por la emisora FM Universo de la ciudad de Río Grande (89.1 Mhz – www.fmuniverso.net), el Secretario Gremial del CEC agregó que, “también estamos levando adelante varios reclamos en otras empresas, entre ellas Hipertehuelche, donde se está discutiendo por dos ítems diferentes, un adicional de empresa que hay que actualizar, y otro adicional por trabajar en día domingo”, remarcó Rivarola.

http://www.gremialesdelsur.com.ar/noticias/val/9172-6/contin%C3%BAan-los-reclamos-a-m%C3%A1s-empleadores-.html


lunes, 26 de noviembre de 2012

San Francisco: Supermercados podrán abrir de 9 a 13 domingos y feriados


El acuerdo se firmó durante una reunión en la Casa de Córdoba

Los supermercadistas locales, comerciantes y el Sindicato Empleados de Comercio, a instancias del Departamento de Trabajo de nuestra ciudad acordaron implementar un horario de atención de 9 a 13 para los feriados y domingo, respetando en las mismas el período de descanso de los trabajadores mercantiles, que comenzará a aplicarse a partir de este fin de semana. La regulación incluye a los establecimientos de origen asiático.

http://www.lavozdesanjusto.com.ar/subsitios/noticia_ampliada.php?id_noticia=17120
gionales

sábado, 24 de noviembre de 2012

Donde los sindicatos no llegan


Por Jorge Duarte*

Repasemos los números y las características de la resistencia y organización en un momento complejo en el que recrudece la conflictividad sindical y se extiende la dispersión de las centrales de trabajadores. 

La tradición de organización de las bases presenta respuestas que en muchas ocasiones supera la visión de los dirigentes y expone un desafío de cara al futuro.
El escenario económico y político enfrenta una situación al menos complicada para los trabajadores a la hora de sentarse a discutir salarios o condiciones laborales con sus empleadores. El informe semestral enero-julio de 2012 sobre Conflictividad Laboral difundido esta semana por el Observatorio del Derecho Social de la CTA, expresa claramente que el 67,7% de las instancias de conflicto entre trabajadores y patronales son encarnadas por comisiones internas o sindicatos de base: “La conflictividad laboral en nuestro país es llevada adelante principalmente por las instancias locales de organización, principalmente a través de los sindicatos de base o las seccionales. Este nivel de la organización sindical explica 2 de cada 3 de los conflictos registrados en este período”.
Las comisiones internas, victoria del modelo sindical argentino, es el espacio en el que los trabajadores pueden mancomunadamente expresar sus descontentos por situaciones laborales y salarios a nivel micro. Sin embargo, encontramos que en esos espacios se hace cada vez más difícil sostener instancias formales de representación por diversos factores, entre ellos las persecuciones patronales. Del total de las empresas radicadas en Argentina, el 87,6% no posee delegado gremial. Si segmentamos los datos podemos encontrar que en empresas de 10 a 49 empleados el 92,5% del total no posee delegados gremiales, ni junta interna, mientras que el 47,5% de las empresas con más de 200 empleados no posee representación gremial alguna. Cuanto más pequeña es la empresa menos protección gremial tienen los trabajadores y menor la posibilidad de agremiarse sin sufrir persecución o despidos.
Cuadro 1: Cantidad de Empresas sin representación sindical según su tamaño


Fuente: Datos aportados por el Taller de Estudios Laborales

Es casi una obviedad expresar que el tamaño de la empresa es determinante en la posibilidad de contar con presencia sindical para protección de los derechos laborales. Ante empresas de planteles de mayor dotación mayor presencia sindical. Estos datos van de la mano con los que presentan la tasa de afiliación sindical. En nuestro país Argentina la tasa de sindicalización de los asalariados registrados alcanza el 37%. Este número es el más alto de la región y expresa una tradición sindical que, a pesar de los vaivenes, se sostiene. Sin embargo, mirando el vaso medio lleno, pensemos que ocurre con el 63% restante de los trabajadores registrados y con los asalariados no registrados a la hora de plantarse ante la patronal.

Respuestas espasmódicas de los trabajadores informales

En un presente con 5 centrales sindicales (3 CGT y 2 CTA) que disputan por la legitimidad de la representación de los intereses de los trabajadores, podríamos pensar que el abanico de posibilidades produjera amparo y tutela para la mayoría, sin embargo no es así. Por el momento más bien se disputan la legitimidad entre los afiliados y representados, pero todavía no se siente impacto en la incorporación de nuevos actores a sus filas. Este 63% de trabajadores formales sin sindicalización y el 87,6% de las empresas sin delegado gremial o comisión interna, reflejan situaciones de incertidumbre y desprotección de una gran masa de trabajadores. Estos actores no tienen espacio para organizarse y corren grandes riesgos con el sólo hecho de intentarlo.
Ante esta realidad encontramos que el informe citado anteriormente releva que, para el primer semestre de 2012, del total de las situaciones auditadas un 17,8% de los conflictos son encarados por trabajadores que no poseen representación formal. Entre los motivos por los cuales estos trabajadores sin representación formal protestan, prevalecen las situaciones de crisis empresarias, despidos masivos, suspensiones y quiebras. Las respuestas que reciben a su organización por parte de la patronal son, mayormente, situaciones de amenazas y persecuciones. Esta es la otra cara del tema: trabajadores que sólo pueden mancomunar sus esfuerzos en situaciones de crisis, que al protestar no encuentran respaldo en organizaciones más amplias y que sufren persecuciones patronales como contraparte. Incluso esas persecuciones que padecen en muchas ocasiones se encuentran respaldadas por las organizaciones gremiales que debieran protegerlos, pero que por “negocios” con la patronal sostiene situaciones de precarización laboral.
Estos trabajadores sin representación formal que salen a las calles a reclamar por derechos, lo hacen fundamentalmente en situaciones límite. Al no tener una organización de base que los contenga desde su ingreso, no cuentan con la posibilidad de reclamar por mejoras en condiciones laborales, ni tampoco presentar una oposición a situaciones de precarización como trabajos tercerizados, situaciones fuera de convenio o arbitrariedades patronales. La respuesta de este grupo de asalariados, entonces, es valiente pero tardía y la incertidumbre y los riesgos que corren son muchos.
La conquista de este 63% de los trabajadores formales no sindicalizados y la incorporación al mercado formal de los trabajadores no registrados debe ser un horizonte de alguna de las 5 centrales si quiere finalmente saldar la disputa por la legitimidad. El camino es largo y se trata de un universo de más de 9 millones de trabajadores entre ambas situaciones (registrados no sindicalizados y no registrados). De no avanzar en ese sentido veremos que la discusión será meramente legal, porque legitimidad es otra cosa.

*Periodista especializado en temas gremiales / Conductor de En Casa Hablamos FM Radio Sur 88.3 / http://escritosdeclase.blogspot.com.ar/ @ludistas

http://escritosdeclase.blogspot.com.ar/2012/11/donde-los-sindicatos-no-llegan.html

viernes, 23 de noviembre de 2012

Bs As.: Trabajadores de seguridad bloquean el ingreso a dos shoppings


Empleados de una empresa de seguridad impiden desde primeras horas de la mañana el ingreso de transporte de mercadería y de vehículos en Unicenter y Plaza Oeste.

Se trata de los empleados de la empresa Siseg Seguridad, quienes reclaman por el cumplimiento del Convenio Colectivo de Trabajo y el abono de horas extras. Además denuncian que cobran parte de su salario en negro y sin aguinaldo.
Por medio de un comunicado, los trabajadores argumentaron la medida de fuerza por haberse "agotado todos los canales de diálogo" con la empresa:"Realizamos medidas de fuerza y las levantamos con promesas sin solución", aseguraron.
"En esta situación se encuentran 150 trabajadores de seguridad privada. Llegan las fiestas y no contarán con el sueldo anual complementario para ayudar a ese miserable básico de 3.000 pesos. No tienen límites; evaden al fisco, nos roban aportes para la jubilación y encima hacen persecución gremial y laboral", explica el comunicado.
"Lamentamos las molestias causadas a los automovilistas y al público en general usuario de estos centros comerciales, no nos dejaron alternativa", justificaron los trabajadores.
"Esta empresa no abona conforme al convenio colectivo de trabajo, paga gran parte en negro y encima no abona el aguinaldo. Acá vamos a seguir hasta las últimas consecuencias y si no hay respuestas vamos a cortar la Panamericana, a la altura de Paraná, y el Acceso Oeste", indicó uno de los gremialistas que encabeza la protesta.

http://mundogremial.com/informacion-general/trabajadores-de-seguridad-bloquean-el-ingreso-a-dos-shoppings-3027

Además del 31 de enero, el 20 de febrero también sería feriado


LA CÁMARA DE DIPUTADOS APROBÓ Y GIRÓ AL SENADO DOS PROYECTOS PARA DECLARAR FERIADOS NACIONALES POR ÚNICA VEZ EL 31 DE ENERO Y EL 20 DE FEBRERO DE 2013, CON MOTIVO DE LOS BICENTENARIOS DE LA ASAMBLEA DEL AÑO XIII Y DE LA BATALLA DE SALTA.

Durante la sesión de este miércoles, la Cámara baja avaló la declaración de dos nuevos feriados nacionales por única vez para el año próximo. Ambas iniciativas fueron giradas al Senado.

El primero, el 31 de enero de 2013, es en conmemoración del bicentenario de la Asamblea General Constituyente de 1813.

El otro feriado sería el 20 de febrero y es con motivo de la Batalla de Salta, librada por las fuerzas patriotas a cargo del general Manuel Belgrano. Precisamente esta iniciativa obtuvo dictamen de mayoría en el Comisión de Legislación General el martes. El proyecto que presentó el diputado Fernando Yarade (FpV-Salta) el 25-11-2011, por el cual se declarará feriado nacional el 20 de febrero de 2013. El motivo es que se cumplen 200 años de la batalla de Salta, “Día de la gran victoria”.

Recordemos que el cronograma del próximo año en materia de feriados prevé 17, a los que podrían sumarse el del 20 de febrero y el 31 de febrero, por el bicentenario de la Asamblea del Año XIII, en caso de ser ambos convertidos en ley.

Ver calendario de feriados 2013

http://www.ignacioonline.com.ar/2012/11/Ademas-del-31-de-enero-el-20-de-febrero-tambien-seria-feriado.html


Chubut: La canasta navideña con precios acordados regirá entre el 17 de diciembre y el 1 de enero


A raíz del positivo acuerdo de precios que rige en nuestra provincia desde el 1 de octubre pasado, el gobierno provincial está trabajando en el armado del listado de productos navideños que compondrán una canasta de alimentos que se consumen con motivo de las Fiestas de fin de año.

El acuerdo, que tendrá vigencia entre el 17 de diciembre y el 1 de enero, incluiría productos de consumo tradicional para las festividades, como pan dulce, turrones y sidras, pero también se está analizando incorporar otros alimentos para elaborar las comidas típicas de la fecha. En este marco es que mañana, viernes 23 de noviembre, funcionarios del Ministerio de la Producción se reunirán con representantes de las distintas cadenas de súper e hipermercados presentes en la provincia para definir los productos que integrarán esta canasta básica para las Fiestas y terminar de delinear la vigencia de la medida.
“La canasta estará integrada por una serie de productos que se van a determinar con las cadenas de supermercados evaluando qué productos se ofrecerán y a qué precio", indicó el ministro de la Producción, Eduardo Arzani, al reafirmar la búsqueda de un nuevo convenio con esas empresas, garantizando así costos adecuados para la compra de productos navideños en Chubut.
 “La idea es respetar el mismo parámetro que hemos tenido con la canasta básica respecto a que el costo sea el mismo en cualquiera de las localidades de la provincia”, señaló Arzani, al mismo tiempo que destacó la favorable predisposición de los supermercadistas ante la perspectiva de este nuevo acuerdo.

http://www.elchubut.com.ar/nota/31411-la-canasta-navidena-con-precios-acordados-regira-entre-el-17-de-diciembre-y-el-1-de-enero/

miércoles, 21 de noviembre de 2012

Río Gallegos: Empleados de Comercio va por el “bono navideño”


EL SECRETARIO GENERAL DEL SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO (SEC), CLAUDIO SILVA, RATIFICÓ HOY QUE SE INSISTIRÁ ANTE LOS EMPRESARIOS DEL SECTOR PARA SOLICITAR ESTE AÑO UN “BONO NAVIDEÑO”. MÁS ALLÁ DE LAS GESTIONES QUE REALICE LA FEDERACIÓN ANTE LA CÁMARA EMPRESARIAL A NIVEL NACIONAL, SE FORMALIZARÁ LA SOLICITUD ANTE LOS EMPRESARIOS SANTACRUCEÑOS A TRAVÉS DE LA FEDERACIÓN ECONÓMICA DE SANTA CRUZ Y LA CÁMARA DE COMERCIO DE RÍO GALLEGOS. 

“Tenemos información que desde la Federación se esta gestionado Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) para obtener un bono navideño para todos los empleados de comercio. 

El año pasado hubo empresarios que dieron bonos de 400, 300 y hasta de 200 pesos, pero algunos dieron mil pesos, pero a la posibilidad de cada uno, pero nosotros buscábamos un reconocimiento para el trabajador que puso el hombre junto al empresario”, indicó Silva.

El sindicalista se mostró optimista que los comerciantes ya evalúan lo del bono anual, ya que considera que la solicitud ha “quedado conciencia del empleador”. Asimismo opinó que el “bono navideño” debe establecerse en el Convenio Colectivo de Trabajo para no llegar a la instancia de la demanda cada fin de año. 
“Como lo hacíamos año a año, creo que ha quedado conciencia del empleador, pero cualquier manera se lo vamos a recordar a las grandes empresas como cadena de supermercados o de venta de productos para la construcción. Más inconvenientes tenemos con los mediados y los pequeños. Pero lo bueno es que se incluya al Convenio Colectivo de Trabajo, porque seguro que este año tendrán la escusa que la Provincia no paga”, señaló Silva en declaraciones al programa “El Espiral” de LU 12 Radio Río Gallegos.  


Fuente: La Opinión Austral

Rio Grande: Empleados de Comercio de la Anónima acuerdan aumento salarial


LOS TRABAJADORES DE LA ANÓNIMA LOGRARON UN  AUMENTO SALARIAL QUE RONDA LOS 1200 PESOS Y UN PREMIO DE FIN DE AÑO QUE ASCIENDE, EN BRUTO, A 2415 PESOS; CIFRAS CERCANAS A LAS PRETENDIDAS EN EL PETITORIO PRESENTADO.

Los empleados de supermercados La Anónima de Río Grande lograron un acuerdo al acercarse la oferta de la patronal a las pretensiones que tenían los trabajadores y el CEC. Ahora el Centro de Empleados de Comercio lleva adelante diferentes reclamos en otras empresas.

El viernes último por la tarde se normalizó la situación en las cuatro sucursales del supermercado La Anónima en Río Grande, a partir del acuerdo que logró el Centro de Empleados de Comercio con la empresa.

La oferta patronal se acercó a las pretensiones de los trabajadores y las puertas del comercio se abrieron esa tarde, cuando la propuesta fue aceptada por los trabajadores.

Los trabajadores de La Anónima lograron un  aumento salarial que ronda los 1200 pesos y un premio de fin de año que asciende, en bruto, a 2415 pesos; cifras cercanas a las pretendidas en el petitorio presentado.

El secretario Gremial del CEC riograndense, Daniel Rivarola, también destacó que ahora se llevan adelante diferentes reclamos en otras empresas, entre ellas Hipertehuelche, donde se está discutiendo por dos importes diferentes, “un adicional de empresa que hay que actualizar y otro adicional por trabajar en día domingo”, destacó el dirigente mercantil.

Además mencionó que hay una negociación pendiente en la firma Gualdesi Hnos, por un adicional por trabajar los domingos y en la empresa Braie también está pendiente de resolución la discusión por el trabajo de los días sábado por la tarde, que la patronal pretendía compensar con franco y no pagar las horas extras. “Sin olvidar que también se nos viene la discusión por el premio de fin de año en Carrefour”, remarcó finalmente Rivarola.

Fuente: red23.com.ar

Viedma - Condenan a supermercado en caso de acoso laboral


LA CÁMARA DEL TRABAJO DE VIEDMA DIO POR PROBADO EL ACOSO MORAL INVOCADO Y, EN CONSECUENCIA, HIZO LUGAR AL RECLAMO INDEMNIZATORIO EN CONCEPTO DE DAÑO MORAL, COMO ASÍ TAMBIÉN A LA COMPENSACIÓN POR GASTOS DE TRATAMIENTO PSIQUIÁTRICO Y PSICOLÓGICO, ADEMÁS DEL COBRO DE AGUINALDO Y VACACIONES PROPORCIONALES.

Viedma -  El Superior Tribunal de Justicia condenó a la empresa SA Importadora y Exportadora de la Patagonia a pagarle a una ex empleada los montos indemnizatorios que correspondan, en una causa que refleja maltrato laboral  por parte del jefe del área panadería de una sucursal. La ex empleada denunció que la encerraron en la cámara frigorífica y efectuado propuestas íntimas durante dos años. La firma rechazó esas afirmaciones.

La resolución, firmada el miércoles pasado, mencionó que la Cámara del Trabajo de Viedma dio por probado el acoso moral invocado y, en consecuencia, hizo lugar al reclamo indemnizatorio en concepto de daño moral, como así también a la compensación por gastos de tratamiento psiquiátrico y psicológico, además del cobro de aguinaldo y vacaciones proporcionales.

En cambio, desestimó los resarcimientos derivados del despido, es decir, indemnización por antigüedad y por omisión de preaviso, integración mes del cese e incrementos de los artículos. 1 y 2 de la Ley 25323, porque la ex empleada se consideró en situación de despido indirecto sin haber observado el requisito de la intimación previa, omisión que le habría vedado a la empleadora la posibilidad de que cesara o hiciera cesar la conducta injuriante y aflictiva denunciada.

En tal sentido, el Tribunal explicó que el despido había resultado intempestivo y violatorio del principio de continuidad del contrato de trabajo por no haber mediado intimación al empleador por las causales que agraviaban a la trabajadora, bajo apercibimiento de considerarse despedida en caso de que estas continuaran.

La ex empleada expresó que, no obstante haber tenido por probado el mobbing padecido por ella, la Cámara no le otorgó la indemnización por despido indirecto con justa causa, lo que le generó “un claro perjuicio económico” y señaló que “la empleadora conocía los motivos injuriosos y sabía de los improperios que le dirigía el encargado del sector panadería, pese a lo cual no los impidió”.

Los hechos
La ex empleada explicó que durante dos años el personal a cargo de Ch. en especial el femenino “soportó su hostigamiento, sin que la empleadora pusiera coto a la situación ni le aplicara ninguna sanción disciplinaria”. No obstante, afirmó que se le reprochó a la que no le hubiera dirigido una intimación formal previa, lo cual constituyó -a su entender- un “ejercicio abusivo del derecho y un excesivo rigor formal”.

Insistió que “la empleadora tenía conocimiento acabado de los malos tratos de los que era víctima” y en ese sentido refirió que en el mismo fallo se alude a la existencia de certificaciones médicas que daban cuenta de las afecciones padecidas por ella desde el año 2007 y que motivaron sucesivas licencias por razones de salud. Indicó que un informe psicológico del 20-02-2009 constató la presencia de síntomas emocionales y físicos que no tenían antecedente en la historia de la paciente y que surgían a partir de una situación laboral en donde se había sentido hostigada, perseguida y hasta violentada sexualmente por un compañero de trabajo de mayor rango, a lo que se sumaba la falta de reacción de las autoridades de la empresa”.

La situación había derivado en “periódicas licencias solicitadas por la trabajadora por causas psicológicas a raíz del mobbing sufrido, lo que dejaba traslucir el conocimiento de la empleadora acerca de esa situación existente”.

Según surge de la propia documental acompañada por la demandada, el 18.02.2009 la empresa le comunicó a su hasta entonces dependiente que había vencido el periodo de licencia paga y que, a partir de ese momento, comenzaba el plazo de reserva del puesto de trabajo por un año.

En respuesta, el 24.02.2009 la ex empleada remitió el telegrama de autodespido, en el que dejó expresado lo siguiente: “Rechazo su CD Nº 965361952 por improcedente y maliciosa, atento al continuo, persistente y deliberado maltrato psicológico y físico sufrido en ocasión del cumplimiento de tareas en relación de dependencia con la empresa, en la categoría vendedora B del convenio colectivo de trabajo Nº 130/75, mediante actitudes agraviantes y permanentes de falta de respeto, de hostigamiento sistemático del que fuera víctima por parte de Julio Ch., dependiente de la empresa, en mi lugar de trabajo, tales como: encerrarme en la cámara frigorífica del local, perturbarme emocionalmente por mi oposición a sus propuestas sexuales e insinuaciones, humillarme frente a mis compañeros de tareas con insultos, entre otras, conductas que me provocaron daños de gran entidad por lo que me considero gravemente injuriada y despedida por exclusiva responsabilidad de la empresa”.

Por su parte, la empresa contestó: “Rechazo su TCL Nro. 69789151 por falso, malicioso e improcedente. Rechazamos enfáticamente que personal de esta empresa la haya maltratado física, psicológica, ni de ninguna otra manera, ni en ocasión del cumplimiento de sus tareas, ni en ningún otro momento. Negamos que Julio Ch., ni ningún otro empleado de la empresa, la haya agraviado, faltado el respeto u hostigado; como así también negamos que la hayan encerrado en la cámara frigorífica del local y que se la haya perturbado emocionalmente. Negamos que haya recibido por parte de Ch. ni de ningún otro empleado de la empresa, propuestas sexuales e insinuaciones (sic)”.

Agregó: “Rechazamos que usted haya sufrido daños y en su caso que sea por causas imputables a la empresa. Negamos que las manifestaciones vertidas por usted en su misiva se encuentren acreditadas por certificado médico alguno, notas remitidas por personal jerárquico de la empresa, piezas postales CD 862796895 y CD 768581210, ni de ninguna otra manera. Rechazamos su despido indirecto por apresurado e ilegítimo, atendiendo que no existió injuria alguna de nuestra parte que lo habilite”.

“Consecuentemente, negamos que se le adeude suma alguna en concepto de indemnización por despido o por daños y perjuicios. Negamos que haya sufrido padecimiento alguno en ocasión del trabajo y que sea aplicable la figura del mobbing laboral…”.

De lo expuesto se desprende “la categórica, cerrada y expresa negativa del mobbing, lo que evidencia lo estéril, además de superfluo, que habría sido el cumplimiento del requisito de intimación formal previa, cuya falta se le endilgó a la trabajadora como óbice para el progreso de su reclamo indemnizatorio”.

Un juez del STJ destacó que, acreditado el mobbing, deviene improcedente la comunicación dirigida a la ex empleada inmediatamente antes de que esta se colocara en situación de despido indirecto, en la que la empresa le hacía saber que comenzaba el plazo de conservación del empleo…pues ese supuesto legal solo resulta aplicable en casos de accidentes o enfermedades inculpables, y no, obviamente, en el supuesto de una enfermedad contraída a raíz o en ocasión del cumplimiento de las tareas”.
Del expediente también se desprende que un ex compañero de la mujer declaró que ella
“era muy buena empleada mientras que Ch. no era buen encargado, que trataba mal a sus subordinados, que los insultaba y abusaba de su autoridad. Que concretamente con relación a la accionante manifestó que el encargado la insultaba, que recibía continuo maltrato, que le decía que no servía para nada, que fundamentalmente se las ‘agarraba’ con las mujeres porque no le contestaban. Que la trataba de ‘pelotuda’ y que cuando ésta debía dirigirse a la cámara a buscar insumos, en varias oportunidades, Ch. iba tras ella. Finalizó diciendo que ella le informó al gerente que el encargado la maltrataba”.

Otra empleada sostuvo que Ch., el encargado de la sección Panadería “trataba muy mal a los empleados, los insultaba, los trataba de ‘pelotudos de mierda’, que ‘no servían para nada’; que motivó que la declarante pidiera el pase a otro sector, que le fuera negado”.

Expresó que su ex compañera “al principio tenía un carácter muy alegre y lentamente y con motivo del maltrato recibido empezó a decaer; que la vio en el baño sintiéndose muy mal, que le faltaba el aire. Que el personal de panadería ingresaba a la cámara frigorífica y Ch. También”.

Otro empleada afirmó que el desempeño de Ch. como encargado de la misma [panadería] “dejaba mucho que desear, que continuamente maltrataba al personal que tenía a su cargo, que los trataba de inservibles, aún en presencia de clientes, que el maltrato era permanente. Que el ánimo de la empleada fue cambiando, que al principio era normal pero con el transcurso del tiempo empezó a sentirse mal, que temblaba y que el declarante lo atribuye al maltrato que recibía de continuo; que en varias oportunidades se retiraba antes de tiempo en muy mal estado, cuando al ingresar estaba en perfectas condiciones. Que en una oportunidad hubo que llamar a la ambulancia para que la atendiera”. 

http://www.ignacioonline.com.ar/2012/11/condenan-supermercado-en-caso-de-acoso.html

Chaco: Sutca va al bloqueo del Supermecado Impulso


El miércoles 21 a partir de las 10:30 horas se bloqueará totalmente el ingreso al supermercado IMPULSO, ubicado en Alberdi 1935 en la ciudad de Resistencia, Chaco. Allí la empresa HALCON NEA, que presta servicios de vigilancia, no cumple con en Convenio Colectivo de Trabajo, viola todas las leyes laborales negándose a abonar las horas extras al 50 y al 100 %, evade aportes patronales y previsionales pagando parte del salario denominado en negro.

" Lo mas indignante de esta empresa de seguridad privada es que no se conforma con estafar a los trabajadores robándoles parte del sueldo que se ganan trabajando 12 horas diarias o más. Cuando los compañeros se organizan a través del SUTCA para conquistar sus derechos arrebatados, son amenazados, son apretados, son perseguidos sindicalmente y laboralmente" declararon desde el gremio.
Simultáneamente habrá medidas de fuerza sorpresivas en distintos servicios en donde HALCON NEA preste seguridad en Corrientes Capital.
EL gremio dice que no descansara hasta lograr que cumplan con las leyes, hasta que los trabajadores tengan un salario justo y condiciones dignas de trabajo.
"Sería interesante que estos empresarios que se enriquecen a costa del hambre de los trabajadores reflexionen para evitar así la multiplicación de los conflictos. Apostamos siempre al diálogo pero no renunciamos a nuestro mandato histórico: recuperar la dignidad de los trabajadores de seguridad privada. A ustedes ya se les terminó la fiesta" agregó el sindicato.

http://mundogremial.com/informacion-general/sutca-va-al-bloqueo-del-supermecado-impulso-3013

martes, 20 de noviembre de 2012

Ganancias: el aguinaldo no paga y todos estos tampoco ...


La presidenta CFK anunció que este fin de año se exceptúa del pago de Ganancias a la segunda cuota del aguinaldo. Esta medida, formalizada por el Decreto 2.191/2012 produjo varias lecturas desde las cúpulas sindicales. En esta nota, se hace un recorrido por los números de Ganancias para entender el trasfondo polémico de este tributo que alcanza casi al 25% de los trabajadores registrados. 

Por Jorge Duarte*.

Por Decreto 2.191/2012 este diciembre no tributarán ganancias los aguinaldos cobrados por los trabajadores cuyos salarios no superen los $25.000. Según lo anunciado, la excepción de cobro alcanza al 98,12% de los trabajadores del sector formal en relación de dependencia. Es importante aclarar que esta excepción se realiza sobre lo correspondiente a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) pero no sobre el salario. Es decir, los trabajadores que tributan ganancias mensualmente lo harán sobre el monto de su salario como hasta ahora. Además, esta medida trajo aparejada la formalización de la decisión del gobierno nacional de no subir el monto del Mínimo No Imponible a partir del cual se comienza a tributar ganancias en 2012, por lo tanto se pospondrá ese incremento hasta el 2013.

La exención de pago sobre la segunda cuota del aguinaldo repercutirá sobre la recaudación fiscal ya que se dejará de cobrar un total de $2.162 millones, según lo anunciado. Este monto, que no ingresará a las arcas estatales, proviene de retenciones a casi el 25% de los trabajadores registrados que tributan ganancias. Es importante remarcar que debido al retraso en la suba del mínimo no imponible (no se actualizó en 2009, ni en 2012) el porcentaje de trabajadores registrados que tributan pasó del 10% en 2007 a casi el 25% en 2012. Estas cifras demuestran que el peso tributario sobre los salarios se siente cada año con más fuerza y que salarios medios tributan un impuesto diseñado para grabar los ingresos más altos de la pirámide salarial. Se deforma una herramienta progresiva.

Si estos pagaran…

Repetida hasta el hartazgo la frase “hay que grabar la renta financiera” se convierte en un cliché. Sin embargo, del análisis del presupuesto 2013 surgen varias datos importantes para tener en cuenta que abren posibilidades tributarias para poder descomprimir la presión sobre los salarios. Mientras que ya son 17 las actividades del sector formal en la que todos los trabajadores masivamente tributan ganancias por la falta de adecuación del mínimo no imponible, en 2013 por exenciones al impuesto a las ganancias el Estado perderá de recaudar $11.100 millones. Analicemos como se componen esos $11.100 millones que no va a percibir el Estado y quiénes son los que se benefician con esas medidas.

No por repetido se convierte en falaz el argumento, ya que de lo que no ingresará al Estado por las exenciones de ganancias $5,200 millones pertenecen a lo que surgiría si se grabaran las Rentas financiera. También de lo facturado por fundaciones, mutuales y cooperativas y Asociaciones Civiles que se encuentran exentas de Ganancias se perderá de recaudar $4.800 millones. Además, para 2013 por las exenciones con las que continúan los salarios del Poder Judicial se dejará de percibir unos $1.100 millones. Estos números no son nada despreciables para pensar en fuentes de recursos legítimos que podrían alivianar la carga fiscal que aumenta año a año sobre los salarios medios.

Del análisis del presupuesto 2013 también se evidencia que por regímenes de promoción económica de sectores y regiones, el Estado dejará de recaudar $18.000 millones. Ese monto que se deja de percibir por regiones o sectores beneficiados con regímenes de promoción que los libera de tributos, presenta la particularidad que del total el 72% ($ 13.000 millones) serán destinados al existente en Tierra del Fuego. Además, dentro de este mismo esquema, encontramos que hay ayudas más que cuestionables como las que cuentan las mineras. También hay promociones para las pymes y la industria del software. Es importante repensar estos beneficios tributarios ya que algunos se encuentran vigentes hace más de 30 años y pueden haber perdido sentido en la actualidad.

Estos números son necesarios para poner en contexto el anuncio de Cristina Fernandez de Kirchner sobre la segunda cuota del sueldo anual complementario. Los que no pagarán en 2013, que tampoco lo han hecho en 2012 ni en años anteriores, son la clave para poder pensar una salida. Mientras no se toque la matriz tributaria y se incorpore a quienes no tributan, los anuncios de situaciones excepciones serán parches; mucho más teniendo en cuenta la demora en la adecuación del mínimo no imponible. Quizás si los que no contribuyen pagaran, el salario no tendría que ser considerado ganancia y podrían encontrarse recursos valiosos para el Estado Nacional.

*Periodista especializado en temas gremiales / Conductor de En Casa Hablamos FM Radio Sur 88.3

Contacto:  http://escritosdeclase.blogspot.com.ar

http://anred.org/spip.php?article5573

Camioneros montó un piquete el supermercados La Anónima de Río Grande


El paro decretado por Moyano y Micheli es más fuerte en Ushuaia que en Río Grande
Diversas actividades se ven afectadas por el paro nacional decretado por la CTA y la CGT. No hay actividad bancaria. En dependencias estatales la medida es dispar, al igual que en la docencia. En Río Grande no hay nafta YPF, y el combustible ESSO se agotará a la tarde.

En supermercados La Anónima, sucursal de la rotonda de San Martín y Santa Fe de Río Grande, se comenzó con un bloqueo a primera hora de la mañana debido a que la empresa no acató el acuerdo al que habían arribado con Camioneros en el día de ayer y que tenía que con la actividad de logística de la propia empresa.

Varios establecimientos educativos de Río Grande ven alteradas sus actividades debido a la adhesión del personal POMyS, a la medida de fuerza a la cual adhiere ATE. SUTEF Río Grande resolvió liberar a la decisión individual de los docentes la adhesión al paro. La actividad bancaria es nula. No hay recolección de residuos. Tampoco hay servicio de distribución de correspondencia postal. La distribución de gas envasado en nula. Tampoco hay distribución de caudales. Todas las empresas distribuidoras están sin trabajar. En la zona industrial en notorio la cantidad de camiones estaciones en diversos puntos. Se mantiene un piquete en el acceso a la empresa DIARCO, también en Gas Austral, y en la mayoría de las entradas de camiones en las plantas fabriles.     


http://www.gremialesdelsur.com.ar/noticias/val/9149-6/el-paro-decretado-por-moyano-y-micheli-es-m%C3%A1s-fuerte-en-ushuaia-que-en-r%C3%ADo-grande.html

lunes, 19 de noviembre de 2012

El feriado del 31 de enero cuenta con media sanción de Diputados


EL PROYECTO PARA DECLARAR FERIADO POR ÚNICA VEZ AL 31 DE ENERO DE 2013, YA CUENTA CON MEDIA SANCIÓN EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS

La Cámara de Diputados de la Nación informó que se ha dado media sanción al proyecto de ley que establece el 31 de enero de 2013 como feriado nacional por única vez en todo el Territorio Nacional, en conmemoración del Bicentenario de la Ley de Vientres, declarada por la Asamblea del año XIII, cuyo texto se pone a disposición. 

Para ver el calendario de feriado 2013 click aquí

http://www.ignacioonline.com.ar/2012/11/El-feriado-del-31-de-enero-cuenta-con-media-sancion.html


Alerta para empresas: la Justicia insiste en incluir a las sumas no remunerativas en las indemnizaciones


 La Cámara de Apelaciones dio vuelta un fallo de primera instancia y declaró nula la homologación de un acuerdo ante el Ministerio de Trabajo dado que el mismo contemplaba como un aumento salarial el pago de montos no sujetos a aportes y contribuciones. Además, hizo lugar a la aplicación de multas 
Por Sebastian Albornos
  
En la actualidad, algunos acuerdos salariales cerrados en el marco de negociaciones paritarias contemplan asignaciones no remunerativas.

Éstas no generan el pago de cargas sociales, ni aportes al sistema jubilatorio -aunque sí, algunas veces, a la obra social sindical-, ni tampoco incide -en principio- a los fines de calcular indemnizaciones, vacaciones y aguinaldo, entre otros aspectos.

De esta forma, las compañías -si bien deben afrontar una erogación mayor en concepto de sueldo- tienen una carga menor al no tener que pagar las contribuciones sociales. En tanto, los empleados reciben un aumento que va directamente a sus "bolsillos". Es decir, hay un ahorro para las empresas y un ingreso mayor para los dependientes.

Por esta razón, dichos incrementos son aceptados tanto por las cámaras empresarias como por los representantes gremiales. Incluso, también son aprobados por el Ministerio de Trabajo, que se encarga de homologarlos.

Sin embargo, pese a que ésta es una solución a la que se suele recurrir para destrabar negociaciones conflictivas, los expertos consultados por iProfesional.com aseguran que así no se hace otra cosa que estimular la litigiosidad laboral.

Es que, en el caso de producirse un despido, el empleado podría presentarse ante la Justicia para reclamar diferencias indemnizatorias y multas laborales y podría lograr un fallo favorable a sus intereses al no ser validado dicho carácter no remunerativo.

Es decir, las empresas corren el riesgo de ser sancionadas por la falta de registración laboral, sin haber adoptado ninguna conducta evasiva y por la sola aplicación de un convenio homologado.
Y esto fue lo que sucedió, según surge de una nueva sentencia de la Cámara laboral a la que tuvo acceso iProfesional.com, donde una empresa que realizó una liquidación final -de un dependiente que fue despedido- según el convenio aplicable a la actividad terminó siendo condenada a pagar diferencias salariales por el motivo descripto precedentemente. 

Las sumas no remunerativas, bajo la lupa

El empleado fue despedido e indemnizado por esa razón pero decidió presentarse ante los tribunales para reclamar diferencias salariales, ya que las sumas no remunerativas que percibía no se tuvieron en cuenta al momento de calcular la liquidación final. 

La demanda puso en tela de juicio los términos acordados en las negociaciones paritarias de su actividad -aplicados para determinar el importe del resarcimiento- por las cuales se convino un incremento del 23% sobre las remuneraciones por todo concepto incluyendo los suplementos fijos y permanentes que percibieran los dependientes, tickets y adicionales convencionales fijos.
De acuerdo con ese convenio, se estableció que "el incremento acordado tendrá el carácter de asignación no remunerativa, y se liquidará en el recibo de sueldo por rubro separado, denominado acuerdo colectivo mes de junio 2007". Sin perjuicio de su naturaleza no remunerativa, también se aclaró que sobre esas sumas se devengarían los aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio. 

Y se indicó que, "a partir del mes de abril de 2008, la totalidad del incremento pactado tendrá carácter salarial remunerativo". 

Asimismo, vale recordar que a fines de abril de 2009 se suscribió un nuevo convenio (también homologado por el Ministerio de Trabajo) mediante el cual se prorrogó este último punto mencionado hasta el fin de ese mismo año previéndose la incorporación de la asignación no remunerativa recién a partir del 1 de enero de 2010, creándose un nuevo adicional no remunerativo a partir del 1° de ese mes.

En este contexto, el juez de primera instancia consideró que "las sumas otorgadas en virtud de negociaciones colectivas deben mantener el carácter no remunerativo si así se dispuso y esto fue homologado por la autoridad de aplicación".

Por ese motivo, el dependiente apeló ante la Cámara y, en segunda instancia, le dieron la razón.

"Las partes establecieron un "incremento sobre las remuneraciones" y aludieron a "la adecuación salarial precedentemente establecida", expresiones que no permiten abrigar duda alguna en cuanto a que las partes intervinientes estaban de acuerdo en que lo que estaban negociando era un incremento de salarios, a punto tal que el mismo debía equivaler al 23% de las remuneraciones que por todo concepto percibían los trabajadores", explicaron los magistrados.

Es decir, se pactó un aumento en función del trabajo prestado (contraprestación por los servicios realizados) por todos los empleados alcanzados por el convenio colectivo. 

"Por tanto, si el incremento era sobre los salarios, no podía asignársele carácter no remuneratorio, por contrariar lo previsto en el artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) que determina que es remuneración lo que percibe el trabajador por el hecho de la prestación de servicios a favor del empleador", remarcaron los jueces. 

Para decidir sobre este punto resultó de importancia que las partes acordaran que a partir del mes de abril de 2008 ese porcentaje pasara a ser remunerativo, lo que no hacía más que "corroborar la verdadera naturaleza de las sumas pagadas, la cual no puede ser mutada por el solo transcurso del tiempo", agregaron los camaristas.

Es decir, cualquiera sea la causa del pago del empleador, la prestación tiene carácter salarial si se dan las dos notas relevantes del concepto jurídico del salario: a) que constituya una ganancia (ventaja patrimonial) para el trabajador y b) que se trate de la retribución de los servicios de éste. 

Por lo tanto, los camaristas afirmaron que el convenio colectivo no puede contrariar la LCT sin colocar a la propia convención fuera del marco legal y, siguiendo ese razonamiento, solo se podía concluir que el acuerdo era nulo en tanto determina que las sumas percibidas en función del mismo no son remuneratorias.

Esto significa que, para la Justicia, una resolución ministerial homologatoria no puede calificar un "incremento de salarios" como no remuneratorio porque ello contraría una norma de rango superior y, además, va en contra de principios elementales del derecho del Trabajo. 

En tanto, con respecto al agravio por la multa del artículo 2 de la Ley 25.323 -que agrava en un 50% los montos de las indemnizaciones cuando el empleador no cumpla fehacientemente con el pago y obligue así a iniciar acciones judiciales- los jueces señalaron que si bien la firma abonó una suma que atribuía a la liquidación final, este pago resultó parcial generándose diferencias en favor del trabajador. De esta manera, hicieron lugar parcialmente a la multa.
Alerta para las empresas
Sergio Alejandro, director del Suplemento de Derecho del Trabajo de elDial.com, remarcó que "si las sumas no remunerativas fueron pactadas en acuerdos colectivos homologados por la autoridad de aplicación (es decir, por el Ministerio de Trabajo) no es posible dejarlas sin efecto, o modificar su naturaleza, sin declarar la inconstitucionalidad del convenio o la nulidad de la homologación".
"En este caso, los jueces no pueden mutar el carácter que expresamente le atribuyeron las partes negociantes, sin impugnar la validez jurídica del acto legal que le dio origen", agregó.

El especialista calificó como "sumamente grave" que se sancione al empleador (con la multa del artículo 2 de la Ley 25.323, que incrementa el resarcimiento cuando el empleado inicia juicio para cobrar sus acreencias) si la compañía actuó en cumplimiento de la norma y del convenio colectivo aplicable.

En tanto, Esteban Carcavallo, socio del estudio Severgnini, Robiola, Grinberg & Larrechea, destacó que las sumas no remunerativas "son endebles frente a futuras y eventuales impugnaciones de parte de un dependiente aun cuando en el marco de la tratativa salarial pudiera haber resultado útil y necesaria su adopción".

Por su parte, Daniel Orlansky, socio del estudio Baker & Mckenzie, planteó que "si se parte de la base de que no se pueden dar aumentos no remunerativos por decreto, es lógico que tampoco se otorguen por convenios colectivos".

Y concluyó que "es cuestionable que se sigan pautando esta clase de incrementos" para luego señalar que "es esperable que se den una mayor cantidad de reclamos".

http://legales.iprofesional.com/notas/147761-Alerta-para-empresas-la-Justicia-insiste-en-incluir-a-las-sumas-no-remunerativas-en-las-indemnizaciones